El seguro de pago del alquiler es una de las incorporaciones más recientes a las carteras de las aseguradoras. Con la crisis económica que comenzó en 2008, se disparó el número de impagos y, como consecuencia, la demanda de estos productos se incrementó.
Estas pólizas de impago del alquiler se ocupan fundamentalmente de tres cosas:recuperar los recibos impagados, ofrecer protección jurídica al propietario y hacerse cargo de los daños ocasionados en la viviendapor parte del inquilino.
¿Qué cubre un seguro de impago de alquiler?
Las coberturas básicas de losseguros para impagos de alquilerson las siguientes:
- Reclamación de rentas impagadas.
- Cobro de las mensualidades atrasadas (seis, ocho, 12 o 18 meses), siempre que exista sentencia firme.
- Coste de los daños en caso de actos vandálicos realizados por los inquilinos, normalmente con un tope máximo que suele ser de 3.000 euros.
- Cobertura legal en caso de tener que acudir a los tribunales.
Existen tambiénotras coberturas adicionalesque se pueden contratar de forma opcional, como por ejemplo:
- Asistencia en caso de averías.
- Reclamaciones a otras compañías de seguros.
- Reclamación de daños y perjuicios.
Requisitos para contratar un seguro de impago de alquiler
Para formalizar el seguro de impago de alquiler, lo más habitual es que la compañía aseguradora realice un estudio de viabilidad económica del inquilino que va a alquilar la vivienda para asegurarse de que éste se encuentra en disposición de hacer frente al pago de las mensualidades. Para ello, la aseguradora solicitará diversos documentos que acrediten si el arrendatario es solvente:
1. Trabajador por cuenta ajena: se pedirán las dos últimas nóminas
2. Autónomos: se pedirán las dos últimas declaraciones trimestrales del IVA y la declaración del IRPF más reciente.
3. Pensionistas: se les pedirá un justificante de su condición de pensionista y un extracto bancario.
Por tanto, si contratas un seguro de impago de alquiler tendrás la tranquilidad de que tu aseguradora te ayudará a seleccionar a un inquilino con garantías y, en caso de que incumpla con sus obligaciones, ésta responderá del importe de las rentas impagadas así como de las gestiones y trámites legales necesarios para ejecutar el desahucio de la vivienda y que puedas recuperarla lo antes posible.
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