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Coberturas y Procedimientos para la Indemnización de Daños por Fenómenos Naturales: DANA

Nos encontramos en un momento en el que los fenómenos meteorológicos extremos, como la reciente DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) que ha afectado diversas zonas de España, han generado un notable incremento en las consultas sobre las coberturas de seguros en casos de daños por fenómenos naturales. Es comprensible que, ante la incertidumbre y la magnitud de los desperfectos ocasionados por las tormentas de agosto, muchos se pregunten cuáles son sus derechos y cómo proceder para recibir las indemnizaciones correspondientes.


Organismos clave como Unespa, el Consorcio de Compensación de Seguros, y Agroseguro están proporcionando información esencial para asegurar que los consumidores estén debidamente informados sobre sus derechos. Es crucial conocer qué tipos de daños están cubiertos por los seguros y cuáles son los organismos responsables de gestionar esas indemnizaciones.


1. Daños por Inundación: El Consorcio de Compensación de Seguros es el organismo encargado de indemnizar los daños materiales causados por inundaciones. Esto incluye los daños resultantes de anegamientos debido a la acción directa de aguas de lluvia, así como el desbordamiento de ríos, rías o embalses. Si su propiedad ha sido afectada por alguno de estos eventos, es al Consorcio al que debe dirigir su reclamación.


2. Daños por Lluvia Intensa: En lo que respecta a los efectos de la lluvia, los daños que superen el umbral establecido en la póliza de seguro serán cubiertos por su compañía aseguradora. Es importante revisar su póliza para comprender cuál es el límite establecido y qué daños específicos están cubiertos.


3. Daños en Cosechas y Arbolado: Para aquellos agricultores y propietarios de terrenos asegurados, Agroseguro es el organismo encargado de indemnizar los daños en cosechas y arbolado que hayan sido asegurados. Esto incluye también daños en infraestructuras agrícolas, como invernaderos, y en casos extremos, la muerte de ganado debido a las condiciones meteorológicas adversas.


4. Daños por Viento: El Consorcio de Compensación de Seguros también se hace cargo de los daños ocasionados por vientos superiores a 120 kilómetros por hora o por tornados, sin importar su intensidad. Sin embargo, si el viento ha superado el umbral pactado en su póliza de seguro pero no ha alcanzado los 120 km/h, será su compañía aseguradora la responsable de la indemnización. Si el viento no supera el umbral establecido en su póliza, no se contempla una compensación.


5. Daños por Granizo y Deshielo: Finalmente, los daños ocasionados por el impacto directo del granizo y aquellos derivados del deshielo que se manifiesten como filtraciones en su propiedad asegurada serán indemnizados por su compañía de seguros, siempre y cuando no se deba a una falta de mantenimiento o a un deterioro progresivo de la estructura.


Es fundamental estar bien informado y actuar con celeridad para garantizar que todos los trámites se realicen de manera correcta.

Te recomendamos revisar cuidadosamente tu póliza de seguros y, en caso de cualquier duda, contactar con nosotros para recibir la asesoría adecuada.

En estos momentos difíciles, es nuestro deber asegurar que todos los afectados conozcan tus derechos y los pasos a seguir para recibir las indemnizaciones que corresponden.


Belsué Mediación de Seguros

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